(publicada en gaceta oficial N 5833, extraordinario del 22 de
diciembre de 2006)
Articulo
1
esta
ley tiene por objeto establecer las disposiciones y los principios rectores
para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como
derecho y deber fundamental del Estado y de
la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo
bienestar de la población y al sostenimiento del planeta, en interés de la
humanidad
de
igual forma, establece las normas que desarrollan las garantías
y derechos constitucionales a un ambiente seguro , sano y ecologicamente
equilibrado
Articulo
2
... se
entiende por gestion del ambiente el proceso constituido por un conjunto de
Acciones o medidas orientadas a diagnosticar, inventariar , restablecer
,restaurar , mejorar, preservar , proteger, vigilar y aprovechar los
ecosistemas , la diversidad biologica y demas recursoso naturales y elementos
del ambiente , en garantia del desarrollo sustentable.
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